Varios carteles de diferentes dimensiones promocionando candidaturas resaltan en pilares y avenidas de la ciudad de Babahoyo. También hay paredes pintadas con los colores de organizaciones políticas. Las vallas con rostros de postulantes a distintas dignidades son parte del paisaje dentro de la Capital Fluminense. Todo este panorama se observa desde antes del comienzo oficial de la campaña electoral para las elecciones seccionales que comenzó oficialmente el pasado martes, 5 de febrero del 2019.
Ordenanzas municipales para regular y controlar el uso de propaganda política
Marco Bustos, director de Justicia y Vigilancia de la Alcaldía de Babahoyo, sostuvo que las inspecciones empezaron desde el inicio de la campaña.
Además informó, “Solicitamos al Consejo Nacional Electoral (CNE) que emitan el comunicado a todos los representantes de los partidos políticos de Babahoyo, para que les den a conocer que la ordenanza, regulará y controlará la propaganda o publicidad electoral en el Cantón”, Bustos también recalcó que existen otros reglamentos como: “La Ordenanza Municipal que Norma el Uso, Conservación y Ocupación de Espacios y Vía Pública en el Cantón Babahoyo”; y la “Ordenanza Sustitutiva que Previene y Controla la Contaminación del Ruido en el Capital Fluminense”.
El director de Justicia y Vigilancia, indicó que, en conjunto con el departamento de Vía Pública, realizarán operativos de control permanente en Babahoyo, “si se encuentran propagandas en postes de alumbrado, edificios municipales y unidades educativas, procederemos a lo que manifiesta la ordenanza en los artículos 4to, 5to. y 6to., donde prohíbe la publicación de este tipo de propaganda electorales”, mencionó.
Sanciones
En lo que concierne a sanciones, Bustos detalló que una vez que se encuentre la publicidad se procederá con la notificación respectiva, y se darán 24 horas para que realicen el levantamiento de las propagandas políticas, “en caso de que no lo realicen, enviaremos personal municipal, y se sancionará a la organización política a la que pertenezcan con el 50% de un salario básico unificado”, expresó.
Además, quienes sean encontrados en flagrancia, será detenidos y puestos a las órdenes de las autoridades competentes, de acuerdo al Código Orgánico Integral Penal. Art.393.
Dato
Art. 4.- “Queda prohibida toda clase propaganda o publicidad electoral que vaya en contra de la moral y las buenas costumbres de las personas y del ornato, higiene y orden dentro del territorio del Cantón Babahoyo”.
Art. 5.- Queda prohibido toda clase de propaganda o publicidad electoral por medio de pancartas, impresos, pintura, murales, afiches y otros en general, en los edificios de patrimonio cultural, histórico, religioso, educacional, comunitario, hospitales, Centros y subcentros de salud, mercados, cementerios, parques etc. del Cantón Babahoyo”.
Art- 6.- “Se prohíbe el uso para fines electorales de los postes de alumbrado público o de conducción de redes eléctricas o de teléfonos, bordillos, aceras, viseras, vallas de señalización de tránsito o nomenclatura del Cantón Babahoyo”.