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sábado, 23 noviembre, 2024

La Asamblea no da paso a la despenalización del aborto por violación

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No hubo los votos necesarios en la Asamblea Nacional para aprobar la despenalización del aborto en casos de violación. De 130  legisladores, 65 votaron a favor, 59 en contra y hubo 6 abstenciones para esta reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Con esta decisión las mujeres que opten por abortar seguirán siendo judicializadas. Se requerían mínimo 70 votos para cambiar la norma. El desarrollo de la sesión  Con la presencia de 130 asambleístas a las 18:10 de este martes 17 de septiembre se instaló la sesión de la Asamblea Nacional con el propósito de votar las reformas al COIP. La presidenta de la Comisión justicia, Ximena Peña (PAÍS), fue la primera en intervenir con una breve explicación de la reformas.

De acuerdo a lo acordado se votó en seis partes:  Reformas generales al COIP: 87 votos a favor (aprobado) Aborto no punible: 65 votos a favor (negado) Uso del cannabis: 85 votos a favor (aprobado) Comiso sin condena: 118 votos a favor (aprobado) incautación de bienes producto de delitos de corrupción: 59 votos a favor (negado) Identificación de la persona en caso delito flagrante: 97 votos a favor (aprobado)

La reforma modifica 45 artículos del COIP, crea otros 17 e incluye seis disposiciones transitorias generales y una final.

El comiso sin sentencia, la tipificación de la desaparición involuntaria de personas, el abigeato, incremento de penas para delitos atroces como secuestro, violación, asesinato; maltrato animal, la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión preventiva, el porte de armas blancas, pornografía infantil, garantías para el trabajo de los policías, entre otros, fueron los temas de mayor discusión.

Los asambleístas han coincidido en destacar que el reforzamiento de la figura del comiso sin sentencia permitirá recuperar bienes y dineros mal habidos producto de la corrupción, pero se debe garantizar el debido proceso.

También se observa que en delitos graves no puede caber la mínima posibilidad que los procesados se acojan a medidas alternativas, por tanto, se restringen beneficios procesales para delitos atroces como secuestro, violación, asesinato.

Sistema de votación Ximena Peña, presidenta de la Comisión de Justicia, informó que los temas de consenso se votarán en plancha y separadamente los temas sin consenso. Para ello, en la mañana de este martes 17 de septiembre, el presidente de la Asamblea convocó una reunión con los diferentes sectores políticos del Legislativo.

La falta de consensos para una nueva tipificación del delito del robo obligó a suprimir ese artículo del texto que este martes será sometido a votación en el Pleno, según anunció Peña.

La iniciativa apuntaba a establecer escalas para la aplicación de penas por este delito, por ejemplo, de tres a seis meses si el valor del bien sustraído no supera un salario básico unificado; o de 22 a 26 años si a consecuencia del robo se ocasiona la muerte.

Con ello se mantendrá tal como está el artículo 189 del Código Penal, que se estipula, entre otros aspectos, que «cuando el robo se produce únicamente con fuerza en las cosas», será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Además del aborto por violación, hay otros temas que serían votados por separado, a fin de que este cuerpo legal no corra la misma suerte que el nuevo Código de Salud, cuya votación está pendiente de aprobación por desacuerdos entre las bancadas parlamentarias.

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