Pablo Q. fue sentenciado a veinte años y cuatro meses de prisión por la violación de una menor de edad con discapacidad, según el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Los hechos ocurrieron en abril del 2017, cuando Héctor G. llevó a su hija de 17 años, con discapacidad intelectual del 46%, a un centro de salud para una valoración médica cuyos resultados informaron que estaba en estado de gestación. La menor confesó a su padre que el hoy sentenciado y conviviente de su abuela, que visitaba frecuentemente a la familia –y bajo el cuidado de quien se quedaba en casa cuando sus padres se iban a trabajar al campo–, la violó en el domicilio familiar, ubicado en la parroquia Chinca, provincia de Esmeraldas.
Durante la audiencia de juzgamiento, la fiscal Patricia Nazareno demostró –con pericias médicas, psicológicas y de entorno social, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el testimonio anticipado de la víctima– que, como resultado de estos actos, la menor con discapacidad resultó embarazada y que el delito se produjo bajo violencia y amenazas a la víctima y a su familia.
Con base en esas evidencias, el Tribunal, conformado por los jueces Walter Caicedo, Erika Hertz y Jhonny Bedoya, dictó sentencia condenatoria contra Pablo Q., considerando las agravantes estipuladas en el artículo 48 del COIP: que la víctima resultó embarazada, que el agresor forma parte del núcleo familiar, que se aprovechó de la vulnerabilidad de la víctima y que la conocía con anterioridad.
La reparación integral se fijó en 50.000 dólares y la multa en 1.066 salarios básicos unificados.