Con 79 votos a favor, 8 en contra y 48 abstenciones, la tarde del 25 de agosto de 2020, el Legislativo aprobó los 405 artículos que conforman el Código Orgánico de la Salud (COS), estableciendo normas para la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, recuperación, rehabilitación.
La aprobación fue realizada luego de la convocatoria del presidente de la Asamblea, César Litardo, a la reinstalación de la sesión 592 de julio de 2019, donde quedó pendiente la votación del proyecto del Código Orgánico de la Salud.
El #PlenoVirtual aprueba con 79 votos el proyecto de #CódigoSalud que desarrolla el denominado “continuo de la atención en salud”, estableciendo normas para la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, recuperación, rehabilitación, cuidados paliativos y de largo plazo. pic.twitter.com/XiW4jNBcxQ
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) August 25, 2020
- El aborto.- El artículo 201, hace referencia a las emergencias obstétricas, determina que “serán consideradas emergencias los abortos de cualquier tipo y por cualquier causa aparente, y todas las patologías que comprometan la salud materno fetal”.
- Uso terapéutico del cannabis.- La Autoridad Sanitaria Nacional regulará, controlará y vigilará la fabricación, comercialización, distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.
- Reproducción asistida.- Se prohíbe realizar estos procedimientos en niñas y adolescentes; así como las contraprestaciones económicas o compensaciones de cualquier tipo a cambio de la donación de gametos, embriones o de la subrogación del vientre.
- Métodos anticonceptivos.- Se prohíbe a los profesionales de la salud negarse a prescribir, implantar, aplicar o realizar el procedimiento anticonceptivo elegido por las y los usuarios, a menos que existan razones médicas para ello.