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sábado, 23 noviembre, 2024

Tribunal no acoge pedido de suspensión condicional de pena del Vicepresidente

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El Tribunal de la Corte Nacional acogió los argumentos de la Fiscalía General del Estado y rechazó el pedido de suspensión condicional de la pena del Vicepresidente Jorge G. al no cumplir con lo dispuesto en el Código Integral Penal (COIP), es decir, que la pena privativa de libertad no exceda de 5 años.

La defensa del Vicepresidente, representada por el abogado Eduardo Franco Loor, alegó el principio de favorabilidad, solicitando que Jorge G. cumpla su sentencia fuera de la cárcel a cambio de otras medidas cautelares.




El fiscal Carlos Baca Mancheno pidió al Tribunal que rechace el pedido de suspensión condicional de la pena al no cumplir los requisitos del Art. 630, numeral 1 y 3 del COIP. El Tribunal «luego de valorar los hechos, el derecho y la prueba actuada en juicio, llegó a la conclusión de que efectivamente existe el delito de asociación ilícita y declaró así mismo la pena de 6 años de reclusión», ratificó el juez Édgar Flores.

En la audiencia, instalada este jueves en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), el procesado Gustavo M. desistió de la solicitud de suspensión condicionada de la pena a la que fue sentenciado por el mismo delito de asociación ilícita, en este caso 14 meses, y abandonó la sala de audiencias.

El Tribunal que sentenció al Vicepresidente a 6 años de prisión, compuesto por los jueces Édgar Flores, ponente, Sylvia Sánchez y Richard Villagómez, fue el encargado de emitir la resolución en esta audiencia. (I)

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