Soledad labora para una empresa privada en Guayaquil y siempre veía de lejos a sus compañeros realizar la proyección de gastos personales, un documento que sirve para calcular el impuesto a la renta (IR).
Este año tuvo que llenar el formulario y estaba desorientada en el tema. No sabía cómo proceder ni qué cantidad debía colocar, pero junto con su esposo lo hizo y finalmente entregó el formulario a su empleador.
Su sueldo es inferior a $ 2.000 al mes, sin contar las utilidades. Estas bordean cerca de $ 900. No comisiona ni recibe bonos. Dice que no sabe si le descontarán por impuesto a la renta causado, pero igual hizo la proyección por precaución.
Afirma que el 1 de febrero pedirá el rol de pagos al Departamento de Recursos Humanos para ver si tiene descuento por IR.
Al igual que Soledad, otros ciudadanos estarán a la expectativa del documento para verificar el descuento por IR, que este año rige con un nuevo esquema en las rebajas por gastos personales, sustentados en comprobantes de venta, del 10 % y el 20 % de dichos gastos.
Según expertos tributarios, el nuevo procedimiento ha causado asombro y confusión en los contribuyentes. Algunos se apoyan en profesionales y otros se aventuran a realizar el cálculo por su cuenta.
Por eso Javier Bustos, profesor de Tributación de la Universidad Espíritu Santo, aconseja a los trabajadores aprovechar el área de Recursos Humanos de cada compañía para orientarse en el tema.
Para establecer esta retención mensual es necesario sumar las remuneraciones de doce meses. No se contemplan la decimotercera y decimocuarta remuneración. Pero sí se deducen los valores del aporte al Seguro Social.