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sábado, 23 noviembre, 2024

MIES expide la Tabla de Pensiones Alimenticias para el 2018

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Como lo establece el Código de la Niñez y Adolescencia, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), expidió este martes la Tabla de Pensiones Alimenticias correspondiente al 2018, la cual entró en vigencia el pasado 26 de enero.



Sobre la base de la tabla, los jueces de la familia, niñez y adolescencia, deben establecer el monto de la pensión de alimentos mínima que puede solicitar la o el demandante. El cálculo de la pensión se realiza en relación al salario básico unificado que es de 386 dólares.

La tabla está compuesta por 6 niveles, que determina el porcentaje que deberá pagar el alimentante de acuerdo a sus ingresos y el número de hijos e hijas. Por ejemplo, si solicita una pensión de alimentos para su hija o hijo menor a 5 años y el alimentante recibe un salario básico unificado, de acuerdo a la tabla deberá destinar el 28.12% de ese salario al pago de la pensión, es decir 108.54 dólares.
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“De acuerdo al Código de la Niñez y Adolescencia, las niñas, niños y adolescentes, desde los 0 hasta los 18 años, tienen derecho a recibir una pensión de alimentos. Esta obligación se extiende por un tiempo adicional en el caso del estudiante universitario hasta que cumpla 21 años y en casos de discapacidad la obligación podría ser vitalicia”, señaló Gayne Villagómez, subsecretaria de Protección Especial del MIES.

En el caso de las mujeres embarazadas, el artículo 148 del mencionado Código, señala que tienen derecho, desde la concepción, a una pensión que cubra la atención de las necesidades de la madre gestante, acotó Villagómez.

Usted puede acceder a la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas 2018 a través del link: http://www.inclusion.gob.ec/wp-content/uploads/2018/01/avisok-Tabla-pensiones.jpg

De igual forma, si desea consultar el estado de las obligaciones económicas y el historial de pagos realizado puede acceder al siguiente link del Consejo de la Judicatura: http://supa.funcionjudicial.gob.ec/pensiones/publico/consulta.jsf /HP/El Ciudadano

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