UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BABA EXTRACTO DE CITACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ART 56 NUMERAL 1 DEL
COGEP
SE LE HACE SABER: HEREDEROS O SUCESORES DEL SENOR JACINTO EVARISTO MOREIRA MORANTE, MARIANA ELVIRA MOREIRA VALERO en el domicilio designado para el efecto, con el extracto de la demanda y este auta inicial
JUICIO: 12312-2022-00253 MATERIA: FAMILIA. MUIER. NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ACTOR: PARRALES VALLEIO LAURA DIOSELINA. DEMANDADO: HEREDEROS O SUCESORES DEL SENOR JACINTO EVARISTG MOREIRA MORANTE MARIANA ELVIRA MOREIRA VALERO JUEZA DE LA CAUSA PONENTE: AB. SILVANA MURILLO SOTO SECRETARIO: AB. CHRISTIAN BASANTES CORDOVA
AUTO DE CALIFICACIÓN.VISTOS: Por completada la demanda presentada por la señora Laura Dioselin Parrales Vallejo, la demanda que antecede se la califica de clara, precisa y reúne le demás requisitos de ley, al tenor del Art.146 del Código Orgánico General de Proceso y que cumple con los requisitos legales, generales y especiales previstos en artículos 142, 143 y 289 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo q se la admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO Cítese a la demanda Mariana Elvira Moreira Valero en el domicilio señalado, para el cumplimiento de di diligencia remítase las copias necesarias mediante atento deprecatorio ante uno de jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Guayaquil, ofreciendo reciprocidad casos análogos; una vez que se la cite, se le concede a la demandada el término de días para que conteste la demanda proponga las excepciones previas y anunc agregue la prueba que estime conveniente, conforme lo establece el Art. 151 y ss cuerpo legal antes mencionado. Cítese con este auto a los presuntos hered desconocidos de JACINTO EVARISTO MOREIRA MORANTE, diligencia que s realizará por un periódico de amplia circulación de la provincia.- Luego de ser ci los demandados, se señalará día y hora para para la celebración de la Audie Preliminar, a la que concurrirán personalmente las partes o por medio de Procur Judicial dotado de suficiente poder para transigir.- Téngase en cuenta el anunc los medios de prueba documental y testimonial que indica la actora; al respect dispone agregar al proceso toda la documentación aparejada a la demanda testigos deberán concurrir portando sus documentos de identificación, y depond interrogatorio, que se pronunciará en forma directa en la respectiva audienci. testigos deberán estar asistidos por su defensor pudiendo ser el mismo Abogado parte que solicitó su comparecencia, debiendo notificarlos en forma legal.Considérese la cuantía de la acción. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico indicados para recibir sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensor técnico.-. Actué el Abogado Byron Lopez, en calidad de secretario del despacho. CÚMPLASE – NOTIFIQUESE.
Agréguese a los autos el escrito presentado por parte actora, en lo principal que el actuario del despacho de forma inmediata proceda a elaborar el extracto correspondiente a efectos de que se realice las citaciones por la prensa.- Actúe el ab. Christian Basantes Cordova en calidad de secretario encargado de esta Unidad Judicial.- notifíquese
OBJETO DE LA DEMANDA: El actor: PARRALES VALLEJO LAURA DIOSELINA, amparados en Fundamentos de derecho con los que se justifican el ejercicio de la presente acción son los siguientes: Art 68. 69 Y 70 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR ART. 222 AL 232 DEL CODIGO CIVIL. Fundamentos de hecho Solicito que se declare la UNIÓN DE HECHO POST MORTEN que existió entre la compareciente LAURA DIOSELINA PARRALES VALLEJO y el senor JACINTO EVARISTO MOREIRA MORANTE desde el mes de octubre del año 1973 hasta el 27 de junio de 2022, la misma que termino por fallecimiento de mi conviviente CARLOS HUMBERTO, LA CUANTIA por su naturaleza es indeterminada; Particular que comunico a ustedes para los fines legales pertinentes.
Baba, a 13 de septiembre del 2022
AB. CHRISTIAN BASANTES CORDOVA
SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE EL CANTON AB
DEL CANTÓN BABA