Personal de la dirección Provincial de Participación Política de la Delegación Electoral de Los Ríos, realizó la verificación y constatación de las sedes de las organizaciones que han solicitado su inscripción y creación de los movimientos cantonales y provinciales, con el objetivo de continuar con el trámite para su aprobación de movimientos políticos en cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa electoral.
En la visita se validó la infraestructura, ubicación y funcionamiento a los siguientes establecimientos de: movimiento: Movimiento Pensemos En Grande, Movimiento Político Fuerza Juventud Activa, Movimiento Visión Productiva, Movimiento Transformación Social, Movimiento Político Gente Libre, Movimiento Político Unidad y Acción, Movimiento Crecer, Movimiento De Armonía Y Restauración de la Esperanza Social Mares, Movimiento Poder Fluminense.
Juan Francisco Cevallos, director de la Delegación manifestó que este proceso contó con la presencia de representantes legales de las organizaciones políticas. Además, mencionó que a dichos movimientos se realizó la entrega de la clave de acceso al sistema informático electoral para que puedan descargar los formularios de adhesión, asimismo que al momento se encuentran en la fase de recolección de firmas correspondiente al 1.5% del padrón electoral de los últimos comicios de cada jurisdicción. Entre los requisitos tenemos:
- Solicitud de inscripción Petición de Inscripción dirigida a las autoridades del CNE delegaciones provinciales.
- Acta de Fundación Debe incluir la voluntad de los fundadores de constituir la organización política.
- Declaración de principios Debe contener lineamientos filosóficos, políticos e ideológicos que siguen a los miembros de la organización.
- Programa de gobierno Debe establecer acciones básicas que se propone realizar un acuerdo al ámbito de la organización.
- Distintivos Son los símbolos, siglas, emblemas, colores y cualquier signo distintivo a ser usado por la organización,
- Nómina de órganos directivos y sus integrantes Debe especificar dignidad, nombres y apellidos completos, número de cédula de ciudadanía y firma de aceptación del cargo a desempeñar.
- Actas de constitución de directivas provinciales
- Que corresponda al menos a 12 provincias del país, y que se incluyan obligatoriamente a 203 de mayor población: (Según Censo 2011).
- Nómina de integrantes que contenga: dignidad, nombres y apellidos, numero de cedula de ciudadanía y firma de aceptación del cargo a ejercer.
- Señalamiento de dirección domiciliaria y números telefónicos donde funcionan las sedes provinciales. constitución
8. Nómina de promotores
- Son las y los ciudadanos que toman la iniciativa de constituir una organización política.
- Nomina de promotores que corresponda al 0,01% del registro: electoral de la jurisdicción correspondiente. En ningún caso menos de 20 promotores.
9. Copia certificada del estatuto o régimen orgánico Debe especificar:
- Nombre, domicilio, emblemas, descripción de siglas y símbolos de la organización.
- Derechos y deberes de los afiliados o adherentes y las garantías para hacerlos efectivos.
- Competencias y obligaciones de los órganos directivos que lo conforman.
- Requisitos para tomar decisiones internas válidas.
- Reglas para la elección democrática de los órganos directivos V para candidaturas de elección popular observando garantías de paridad, inclusión y no discriminación.
- Mecanismos de reforma del estatuto o régimen orgánico. Funciones y atribuciones de los órganos directivos, responsable económico, Consejo de Disciplina y Ética, Defensoría de los Afiliados o Adherentes, Centro de Formación Política y Órgano Electoral Central.
La delegación enviara la documentación a la dirección Nacional de Organizaciones Políticas y esta entregará un informe que será puesto en conocimiento del Pleno del Consejo Nacional Electoral, para que este resuelva si aprueba o no la creación del posible movimiento. (I)