La Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) agencia Quevedo arrancó con los cortes de energía eléctrica por falta de pago. Esta había quedado paralizada durante el pico de la pandemia por la entonces Ley Humanitaria. Ahora que la normativa quedó finiquitada, personal de la empresa eléctrica notificará a los deudores.
Las personas que deban valores de energía de uno a dos meses, recibirán una notificación previa para que se acerquen a cancelar. A los deudores de tres meses en adelante, sólo se les anticipará el corte.
La ciudadanía quevedeña tiene dos vías para evitar esta situación. La primera es pagar el valor total en las entidades financieras como Banco Pichincha, Pacífico, Produbanco, Wester Junior, cooperativas de ahorro y crédito…La otra opción es financiar la deuda a través de un convenio de pago que se puede tramitar en la agencia ubicada en la parroquia Viva Alfaro.
“El pueblo no tiene empleo muchos despidos intempestivos, a muchos se les ha muerto familiares estamos en crisis económica, y a los ricos porque no le cobran los impuesto autoridades corruptas…”.
Raúl Espinoza – ciudadano.
“Es una burla, dijeron que se pagará diferido para meses, pero es como que estamos pagando… en esta situación que reciben clases virtuales y para la universidad poder hacer el examen de ingreso”.
Paola Zambrano – ciudadana.
¿Cómo hacer convenios de pagos?
Para personas naturales:
- Presentar cédula de identidad original.
- Para casos de personas bajo relación de dependencia deben presentar certificado de ingresos o rol de pagos.
- Para casos de personas que no se encuentran bajo relación de dependencia deben presentar la declaración del impuesto a la renta o RISE.
- En caso de que el consumidor no tenga capacidad de pago, debe presentar un garante, el cual debe presentar los requisitos antes indicados.
- Estos requisitos aplican siempre y cuando la deuda supere el salario básico unificado.
Personas jurídicas:
- Presentar cédula de identidad original del Representante Legal.
- Presentar RUC de la empresa.
- Presentar copia de la escritura de constitución de la empresa notariada.
- Presentar estados financieros e impuestos a la renta.
- En caso de que la empresa no tenga capacidad de pago, debe presentar un garante, el cual debe presentar los requisitos antes indicados.
Además de lo antes indicado se debe considerar lo siguiente:
- El valor de la cuota inicial depende de la tarifa de los consumidores de acuerdo al siguiente detalle:
Residencial con subsidios por tercera edad y discapacidad: 10%
Residencial y tarifa general sin demanda: 20%
Tarifa general con demanda: 30%
Entidades oficiales y escenarios deportivos: 10%