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sábado, 21 diciembre, 2024

COE nacional pide al presidente Lenín Moreno la declaratoria de estado de excepción en ocho provincias de Ecuador

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En sesión de este 1 de abril, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional resolvió tomar nuevas medidas restrictivas para mitigar los efectos del covid-19. Entre ellas, la mesa recomendó al presidente Lenín Moreno que declare el Estado de excepción por 30 días en Azuay, Guayas, El Oro, Esmeraldas, Manabí, Pichincha, Santo Domingo y Loja.

El presidente del COE, Juan Zapata, también indicó que en estas localidades se dicte el toque de queda desde las 20:00 hasta las 5:00. La disposición regirá a partir de las 00:00 del 2 de abril hasta las 23:59 del 9 de abril. Para el cumplimiento de la misma, estarán a cargo las fuerzas del orden como los militares y la Policía Nacional.

Así mismo, el COE recomendó la prohibición de la venta y consumo de bebidas alcohólicas desde las 18:00 en los días lunes, martes, miércoles y jueves. Por su parte, los viernes, sábados y domingos, la restricción regiría todo el día.

Dentro del pedido, Zapata también puntualizó la recomendación de prohibir las reuniones sociales y familiares de miembros que no convivan juntos. Además, enfatizó en la disposición para que se extremen las precauciones con las personas de la tercera edad y en situación de vulnerabilidad.

Prohibir el acceso a playas y balnearios con fines turísticos. La misma disposición regirá para gimnasios y centros de entrenamiento, canchas deportivas, cines, teatros, parques, bares, discotecas y centros de tolerancia mientras dure el estado de excepción.

El COE además pidió la suspensión de las clases presenciales en las ocho provincias con las instituciones que tenían aprobados los planes pilotos.

Por su parte, en centros comerciales, restaurantes, velorios y ceremonias religiosas el aforo se reducirá al 30%.

Restricción de movilización

Zapata enfatizó la decisión del COE de restringir la circulación vehicular desde el 2 hasta el 9 de abril, de acuerdo al último dígito de la placa del automóvil que será:

– Los vehículos con placa par no circularán los lunes, miércoles y viernes.

– Los vechículos con placa impar tienen restricción los martes, jueves y sábado.

– El domingo 4 de abril no circularán los vehículos con placa par.

El transporte público y comercial puede circular fuera del horario de toque de queda, así como el servicio delivery.

Tampoco aplicará la restricción de circulación para personas que pertenezcan a los sectores de: servicios de salud, seguridad pública y privada, servicios de emergencia, agencias de control, sectores estratégicos, servicios de emergencia vial, sector exportador y toda la cadena logística, prestación de servicios básicos, provisión de alimentos, medicinas, insumos médicos y sanitarios, industrias dedicadas a la crianza y cuidado de animales, medios de comunicación, sector financiero, servicio popular, personas particulares en situación de emergencia, funcionarios del Consejo Nacional Electoral, abogados y funcionarios de la Corte Constitucional, Defensoría Pública, Defensoría del Pueblo, Fiscalía, Contraloría, personas responsables de alimentación escolar, personas con citas de vacunación.

Suspensión de la jornada laboral

Además, Zapata indicó la suspensión total de la jornada laboral en el sector público a partir del lunes 5 de abril hasta el viernes 9 de abril de 2021. Sin embargo, de cara a las elecciones de segunda vuelta electoral, el COE decidió que el Registro Civil emita las directrices necesarias para garantizar el servicio de cedulación como documento indispensable para ejercer el derecho al voto.

La contravención de las disposiciones emitidas las sancionarán con el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal. El artículo refiere al incumplimiento de decisiones legítimas
de autoridad competente que tiene una sanción de uno a tres años de pena privativa de libertad.

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