La Comisión de Fiscalía de la Asamblea Nacional, este 17 de marzo, recomendó al pleno de la Asamblea Nacional el archivo del juicio político en contra del contralor del Estado subrogante, Carlos Riofrío González, acusado de incumplimiento de funciones.
El informe que recibió cinco votos a favor y tres en contra determina que una vez revisado el expediente de solicitud de juicio político y escuchadas las intervenciones por parte del asambleísta, Ronny Aleaga Santos (UNES), y del Contralor General, Carlos Riofrío, la Comisión de Fiscalización, recomienda el archivo de solicitud de juicio político, en virtud de que el solicitante no ha demostrado que el funcionario en cuestión haya incurrido en incumplimiento de funciones.
Que no se ha podido evidenciar un incumplimiento de funciones del Contralor al haber emitido el acuerdo 013-CG-2021, puesto que, su emisión fue de conformidad con la normativa vigente, sin contravenir la misma.
El informe del juicio político pasará a conocimiento del pleno de la Asamblea Nacional donde podrá resolver si acoge o no el informe. Si acoge el informe se archiva el proceso, sino se abrirá el juicio político que concluirá con la votación de una moción de censura y destitución.
Aleaga acusó a Riofrio de haber establecido, a través de un mensaje de twit institucional, la obligación de presentar un informe previo de la Contraloría a aquellos contratos públicos superiores de los $900 mil . El mensaje en la red social fue eliminado antes de procesamiento de la solicitud de interpelación.
En el expediente se señala que el asambleísta solicitante, hace mención a una supuesta publicación en la red social twitter desde la cuenta oficial de la Contraloría General del Estado de fecha 21 de septiembre de 2021 con el texto “Antes de iniciar los procesos de contratación pública las instituciones deben solicitar a la #CGE el informe de pertinencia hasta el 31 de diciembre de 2021 sólo se solicitarán para contratos superiores a USD 962.410,93″.
El supuesto tuit anexado como medio probatorio, según el informe de la Comisión de Fiscalización aprobado, corresponde a una copia simple, sin que se pueda corroborar la veracidad de dicho documento, por lo que carece de eficacia probatoria, adicional a ello dicho mensaje no corresponde a una publicación en un canal oficial de la Contraloría General del Estado, es importante acotar que la ley orgánica de optimización y eficiencia de trámites, ya habla de la necesidad para fines informativos y de gestión de páginas web institucionales. Fuente:El Universo.