Ronald Cristóbal A. de 30 años fue la víctima del crimen. Su deceso ocurrió tras recibir heridas con un arma blanca en el área de máxima seguridad de la cárcel regional de Latacunga.
El privado de libertad que perdió la vida registraba antecedentes penales por tenencia y tráfico de drogas. Hasta el momento hay dos detenidos para las investigaciones.
El jefe provincial de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestro (Dinased) Fabricio Loor, afirmó que el hecho se registró a las 17:30 de este 18 de febrero de 2019.
El motivo del crimen sería una venganza. Los uniformados que encontraron el cuerpo vieron que estaba en posición fetal y tenía heridas en la cabeza.
Segundo asesinato en menos de una semana
Es el segundo crimen que se comete en una semana. El martes 12 de febrero de 2019 se registró una balacera en el pabellón de mediana seguridad del Centro de Rehabilitación. La víctima se trató de un exmiembro del GAO. Los vídeos de asesinato se hicieron virales y fueron filmados por los reos.
Normas de seguridad en los Centros de Rehabilitación Social
Según el artículo 100 del Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social, los objetos prohibidos son: objetos duros y contundentes, punzantes, corto punzantes, dinero, joyas y metales preciosos, tarjetas bancarias, cheques, cigarrillos, sustancias químicas, pegantes, bienes u objetos adheridos al cuerpo o a sus prendas de vestir, objetos de valor, equipos o dispositivos con capacidad para transmitir datos, cámaras fotográficas, filmadoras y cualquier dispositivo con capacidad de reproducir, registrar o transmitir imágenes estáticas y en movimiento y/o sonidos.
Se prohíbe el ingreso de alimentos, bienes de uso y consumo y prendas de vestir en los centros de privación de libertad, excepto en aquellos en donde no están implementados los economatos.
El ingreso de equipos o dispositivos con capacidad para transmitir datos, cámaras fotográficas, filmadoras y cualquier dispositivo con capacidad de reproducir, registrar o transmitir imágenes estáticas y en movimiento y/o sonidos, deberá ser autorizado por viceministerio de rehabilitación social de la cartera de estado a cargo de los temas de justicia y derechos humanos.