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viernes, 22 noviembre, 2024

Expresidiario fue detenido y procesado por doble asesinato

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La Fiscalía procesó a Ediógenes T. A., como presunto responsable del doble asesinato, ocurrido en la carretera que conecta los cantones Pedro Carbo y Lomas de Sargentillo, en la provincia del Guayas. El ahora acusado había recobrado su libertad apenas el día anterior, domingo 24 de mayo.




Según los indicios recolectados, la pareja –identificada como Lourdes Ch. R. y Modesto T. C. – se movilizaba en una moto cuando fue baleada por personas desconocidas, lo que ocasionó su falleciendo en la vía.

Según el Fiscal a cargo de las investigaciones, el hecho se habría perpetrado por posible venganza y problemas de tierras, entre el procesado y las víctimas. Gracias a las versiones proporcionadas por familiares de las víctimas, la Fiscalía, con el apoyo de la Policía Judicial, logró rastrear las llamadas que habría hecho el procesado a los presuntos autores del hecho.

El domingo 24 de mayo, una vez cumplida su pena por tenencia de armas y haber egresado de la Penitenciaría del Litoral, Ediógenes T.A. fue detenido por efectivos policiales y trasladado al cantón Daule, donde fue puesto a órdenes de las autoridades judiciales.

En audiencia de formulación de cargos, realizada la mañana del lunes 25 de mayo en la Unidad Judicial de Daule, el fiscal César Peña presentó los elementos de convicción recaudados, entre ellos, la explotación y extracción de información de teléfonos celulares, informe de la Dirección de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestro (Dinased), el informe de autopsia y levantamiento de cadáveres, y las versiones de testigos presenciales que detallaron la circunstancia del hecho.

El juez de Garantías Penales Wilmer Valencia acogió el pedido de la Fiscalía y dictó prisión preventiva contra el procesado por el delito de asesinato, y dispuso de treinta días para instrucción fiscal.

La Fiscalía procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 140, numerales 2, 4 y 6 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, en concordancia con el artículo 42, numeral 2 literal (b), en calidad de autor intelectual –y que señala la participación de dos o más personas en el hecho–, lo cual aumentaría hasta en un tercio la pena impuesta.

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