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domingo, 24 noviembre, 2024

EXTRACTO DE CITACIÓN JUICIO ORDINARIO de PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA No. 12336-2022-00503

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R. DEL  E.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN VALENCIA

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida fue EMILIANO ELOY GOYA REYES.

SE LE HACE  SABER: Correspondió conocer a esta Unidad Judicial Multicompetente  del Cantón Valencia, provincia de Los Ríos, la demanda de PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA No. 12336-2022-00503. Debiendo realizarse la citación por medio de publicaciones en un periódico, cuyo extracto es:

ACTORES: VICTORIA LEONARDA MONTOYA GOYA, CARMEN CELEDONIA MONTOYA GOYA, FRANCISCA LEONARDA MONTOYA GOYA, NORMA ENEDINA MONTOYA GOYA, MARCELO OTON MONTOYA GOYA, Y PUBLIO EPIFANEO MONTOYA GOYA.

DEMANDADOS: Herederos desconocidos de quien en vida fue EMILIANO ELOY GOYA REYES, y herederos conocidos EDITA DINA GOYA BRIONES, SANTA TEOLINDA GOYA BRIONES Y MARIANA MARLENE GOYA BRIONES; a los herederos desconocidos de nuestra madre ROSA AMALINDA GOYA BRAVO; a los herederos desconocidos de nuestra tía AMELIA BENITA GOYA BRAVO; a los herederos desconocidos de nuestro abuelo ELOY GOYA MUÑOZ.

OBJETO DE LA DEMANDA: Por lo expuesto comparecemos ante Usted, para solicitar que en sentencia se declare la extinción del derecho de petición de herencia del heredero por representación, EMILIANO ELOY GOYA REYES y los demás herederos desconocidos que pudieren tener derecho a la herencia por representación de nuestro fallecido tío MEDARDO ARSENIO GOYA BRAVO; de nuestra madre ROSA AMALINDA GOYA BRAVO; de nuestra tía AMELIA BENITA GOYA BRAVO; quienes fueron herederos del causante ELOY GOYA MUÑOZ, cuya declaración de extinción del derecho de petición de herencia es sobre el remanente de terreno materia de la litis, de 14 hectáreas del lote adjudicado a nuestro abuelo ELOY GOYA MUÑOZ, ubicado en el cantón Valencia, provincia de Los Ríos, que tiene como linderos los siguientes: Norte, con propiedad Henry Chang, en 245,89 metros; por el Sur, con propiedad de Laura Bustos, hoy de sus herederos, con 99.57 metros, 52,89 metros, 30,04 metros, 137,77 metros, 107,24 metros, 73.89 metros; por el Este, con Henry Chang, con 77.87 metros, 108,94 metros, 143,69 metros, 83,88 metros, 138,14 metros; y por el Oeste, con varios posesionarios en 66,87 metros, 67,41 metros, 54,20 metros, 94,68 metros, 83,15 metros; Escuela Quiroga con 115.42 metros, 173,47 metros, 49,58 metros; Otros posesionarios con 125,42 metros, 75,79 metros, 84,78 metros.

TRÁMITE: Procedimiento ORDINARIO

CUANTÍA: Indeterminada

JUEZ DE LA CAUSA: AB. ISIDRO ANDREY SELLAN DELEG

PROVIDENCIA: Una vez que se ha dado cumplimiento  a lo ordenado en auto inmediato anterior.- En lo principal, por cuanto la demanda PRESCRIPCION EXTINTIVA propuesta por los señores VICTORIA LEONARDA, CARMEN CELEDONIA, FRANCISCA LEONARDA, NORMA ENEDINA, MARCELO OTON y PUBLIO EPIFANIO MONTOYA GOYA en contra de EMILIANO ELOY GOYA REYES, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP),  se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación del demandado señor EMILIANO ELOY GOYA REYES, en el lugar señalado en la demanda, para lo cual la actuaria del despacho enviará las copias certificadas al citador de esta unidad judicial.- De conformidad con lo establecido en el Art. 56 y 58 del COGEP, por haber declarado bajo juramento el actor que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos, así como terceros interesados que se crean con derecho a oponerse.

En virtud del acta de declaración bajo juramento con fecha 12 de octubre del 2023, se dispone la notificación a los herederos desconocidos de quién en vida fue el señor EMILIANO ELOY GOYA REYES, según lo dispuesto en el Art. 56, 58 y 68.1 del COGEP, mediante publicaciones en letra tipo helvática, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna que se realizará mediante una sola publicación, en un periódico de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de lo pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, por lo que se dispone que la Secretaría de la Unidad Judicial confiera el extracto correspondiente en el momento procesal oportuno

Valencia, 09 de mayo de 2024.

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