R. del E.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUEVEDO PROVINCIA DE LOS RIOS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL-CUJUS CARLOS ALBERTO OLIVO MEZA.-
SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, Dentro del presente juicio ORDINARIO de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO N.- 12203-2023-01511, presentado por DORY DEL ROCIO REYES QUIROZ en contra de los herederos conocidos JESSICA ALEXANDRA OLIVO CANO y herederos desconocidos de quien en vida se llamó CARLOS ALBERTO OLIVO MEZA.
ACTORA: DORY DEL ROCIO REYES QUIROZ
DEMANDADOS: HEREDEROS CONOCIDOS JESSICA ALEXANDRA OLIVO CANO y herederos desconocidos.
OBJETO DE LA DEMANDA: Es el caso señor Juez que desde el lunes 2 de enero del 2017,me uní en una relación estable y monogámica de carácter sentimental-sexual, es decir una unión de hecho con el señor CARLOS ALBERTO OLIVO MEZA fruto del cual procreamos una hija de nombres Mariana Belén Olivo Reyes.
Durante nuestra unión de hecho estuvimos habitando en la lotización “El Guayabo” , entrada el Guayabo via a Valencia, parroquia San Cristobal, cantón Quevedo provincia de los Ríos, como una familia consolidada, puesto que siempre mantuvimos la unión estable y monogamica hasta su terminación .
Nuestra unión de hecho concluyo por el lamentable fallecimiento de mi extinto conviviente el sábado 18 de noviembre del 2023 conforme lo demostrare con el certificado de defunción que adjunto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Fundamento mi demanda de conformidad con lo que determina el Art. 222 y 232 del Código Civil y Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos.
CUANTIA: INDETERMINADA.-
ACCION: ORDINARIO – DECLARATORIA DE UNION DE HECHO.-
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO. Quevedo, jueves 30 de noviembre del 2023, a las 16h49. VISTOS.- Ab. VANESSA VINUEZA GRANDA. Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Primera de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quevedo, Provincia de los Ríos, designada mediante resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura No. 138-2015, de fecha 20 de mayo del 2015. Dentro del presente juicio ORDINARIO de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO N.- 12203-2023-01511, presentado por DORY DEL ROCIO REYES QUIROZ en contra de los herederos JESSICA ALEXANDRA OLIVO CANO y herederos desconocidos de quien en vida se llamó CARLOS ALBERTO OLIVO MEZA, la demanda es clara y reúne los requisitos de legales establecidos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos: TERCERO: Cítese a los herederos desconocidos del causante de quien en vida fue CARLOS ALBERTO OLIVO MEZA, por medio de prensa escrita, citación que deberá realizarse por unos de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Quevedo, provincia de los Ríos, lugar de su fallecimiento, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se dispone que la Secretaria de la Unidad confiera el extracto correspondiente, su publicación se hará con letra tipo helvética, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna.- Previo a realizarse el extracto de la publicación que la parte accionante realice la declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos;
Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles la obligación que tienen de señalar casillero judicial electrónico para las notificaciones correspondientes, caso contrario serán declarados en rebeldía.
Quevedo, 12 de marzo del 2024
Ab. Nadia Petita Rosado Pita. Msc.
SECRETARIA DE UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER,NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON QUEVEDO
LOS RIOS-QUEVEDO