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viernes, 13 septiembre, 2024

EXTRACTO DE CITACIÓN No. 12336-2024-00166

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R. del E.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOS RÍOS EN VALENCIA
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE MUÑOZ MOREIRA MANUEL DE JESÚS

SE LES HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad Judicial el proceso Ordinario de Declaratoria de unión de hecho post mortem No.12336-2024-00166 presentado por la señora LOOR TUFIÑO HERLINDA BALTAZARA, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue:

ACTOR: LOOR TUFIÑO HERLINDA BALTAZARA

DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE MUÑOZ MOREIRA MANUEL DE JESÚS

OBJETO DE LA DEMANDA: La accionante solicita que mediante procedimiento ordinario se declare la unión de hecho que mantuvo con el señor MUÑOZ MOREIRA MANUEL DE JESÚS (fallecido), con la cual se unió de forma estable y monogámica desde el 14 de junio de 2010 hasta el 01 de enero del año 2024 fecha en la que falleció, habiéndolo hecho de manera pública y notoria y a vista y paciencia de la sociedad, que siempre nos consideró como pareja de esposos, durante el tiempo de convivencia como marido y mujer no procreamos hijos. Por lo que la peticionaria solicita que mediante sentencia se le reconozca la existencia de la unión de hecho estable y monogámica que mantuvo con su fallecido conviviente.
TRAMITE: Ordinario
CUANTÍA: Por su naturaleza es indeterminada
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Msc. Lenin Santiago Guerra Yanez, en su calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente de Valencia, quien mediante auto de sustanciación fecha 06 de marzo del 2024 a las 17h41, Dispone se cite a los demandados por la prensa conforme al art. 56 numeral 1 del COGEP, por manifestar la accionante bajo la gravedad de juramento, que desconoce el actual domicilio o residencia de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE MUÑOZ MOREIRA MANUEL DE JESÚS, los mismos que no puede determinarlo.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso luego tendrán el término de treinta días para contestar la demanda y proponer excepciones de ser el caso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.
Valencia, 07 de agosto del 2024

Ab. Msc. DOUGLAS ANGEL COELLO ALVEAR
SECRETARIO
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL
CANTON VALENCIA

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