La grabación ilegal de conversaciones al interior de la Asamblea Nacional se convirtió en una práctica común para afectar la imagen de legisladores y asesores.
En esta ocasión este hecho sancionado por el Código Orgánico Integral Penal (COIP) alcanzó a la titular del Legislativo, Elizabeth Cabezas. “Es reprochable, ilegal e ilegítimo que sobre la Asamblea Nacional haya toda una suerte de espionaje que pretende poner en inestabilidad la acción tanto de la Asamblea como del país”, apuntó la funcionaria en referencia a un audio grabado, presuntamente, durante la sesión 580 del pleno y divulgado en redes sociales. “Investigaremos quién se permite tener este tipo de acciones de espionaje, no podemos pretender que un grupo político quiera desestabilizar el país con acciones en las cuales no hay nada que objetar, sino que son parte de la cotidianidad del trabajo en la Asamblea”, enfatizó.
La filtración de ese audio es investigada. Un alto funcionario de la Policía, que prefirió no ser identificado, sostuvo que las interceptaciones de llamadas son legales mientras haya la autorización del juez dentro de una investigación. De modo que, en este caso puntual, constituye un delito que debe ser investigado de oficio o por denuncia.
El artículo 230 del COIP establece que la persona que sin orden judicial previa, intercepte, escuche, desvíe, grabe u observe con la finalidad de obtener información, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Esa práctica de filtrar videos o audios relacionados con actores políticos era una práctica común en el gobierno anterior. El año pasado un grupo de opositores al régimen de Rafael Correa denunció la persecución de la que fueron objeto y la vulneración de su intimidad. El Telégrafo