Lug de que la Asamblea Nacional aprobó la reforma tributaria el presidente de la República, Daniel Noboa, ofreció una rueda de prensa en el Palacio de Carondelet, en Quito, donde dijo sentirse «contento» por la decisión el Parlamento.
«Por fin logramos ponernos de acuerdo como país (…). Vamos a volver a tener orden, ingresos y, asimismo, vamos a tener estabilidad económica y los recursos para combatir la inseguridad», mencionó el jefe de Estado.
El Legislativo aprobó la norma, cuyo nombre oficial es Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, con 107 votos. Parlamentarios de la Revolución Ciudadana (RC), Partido Social Cristiano (PSC) y ADN apoyaron el proyecto.
Según el mandatario, el respaldo conseguido para la normativa «no es un amarre, ni un trance, ni un acuerdo de nada».
El Estado pretende recaudar más de 800 millones de dólares con la reforma tributaria. Más temprano, la asambleísta Victoria Desintonio, de la Revolución Ciudadana (RC) criticó justamente eso, pues considera que «esta ley no garantiza que salgamos del déficit fiscal«.
Esta es la primera ley del gobierno de Daniel Noboa y busca generar inversiones y con ello empleo especialmente para los jóvenes. El proyecto original tuvo varias modificaciones durante su debate en la Asamblea Nacional que la aprobó con 107 votos el martes 19 de diciembre.
Compras
Con esta ley ya no se permiten los pagos en efectivo por compras superiores a 500 dólares para validez tributaria, es decir, si se requiere aplicar a alguna deducción o crédito tributario.
El artículo 25 de la reforma legal señala las operaciones de más de quinientos dólares de los Estados Unidos de América tienen la obligatoriedad de utilizar a cualquier institución del sistema financiero para realizar el pago, a través de giros, transferencias de fondos, tarjetas de crédito y débito, cheques o cualquier otro medio de pago electrónico.
También la reforma legal señala que para que el costo o gasto superior a 500 dólares sea deducible para el cálculo del Impuesto a la Renta y el crédito tributario para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) sea aplicable se requiere la utilización de cualquiera de los medios de pago antes referidos, con cuya constancia y el comprobante de venta correspondiente a la adquisición se justificará la deducción o el crédito tributario.
También se señala que las personas naturales o jurídicas, residentes en el país, que no entreguen comprobantes de venta o no transmitan al Servicio de Rentas Internas (SRI) comprobantes de venta electrónicos, según corresponda, serán sancionadas con una multa de 1 a 30 remuneraciones básicas unificadas, es decir, entre 460 y 13.800 dólares, según el salario básico de 2024.
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