Mediante Acuerdo ministerial Nro. MPCEIP-SRP-2019-0202-A, el ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, establece que desde las cero horas del 01 de enero hasta las 24 horas del 28 de febrero del 2020 se regirá en la provincia de Los Ríos la veda estacional para todas las especies bioacuáticas.
Esta medida se da con el objetivo de preservar de manera sustentable los recursos hidrobiológicos de la provincia. Durante este período se prohíbe la captura y comercialización de todas las especies existentes en la zona hasta la desembocadura del Río Babahoyo y sus afluentes en la provincia del Guayas.
Además, se impide el uso de redes de enmalle trasmallos de material monofilamento a la deriva, en aguas interiores, esteros, ríos y sabanas inundadas en la provincia de Los Ríos y pescar en las zonas de reserva que comprenden el perímetro urbano de los cantones: Quevedo, Mocache, Vinces, Ventana y Babahoyo.
Durante este período se podrá transportar, procesar y comercializar todos los recursos capturados antes del inicio de la veda que hayan sido verificados en las inspecciones de stock por parte de la autoridad.
La Subsecretaría de Recursos Pesqueros, a través de la dirección de Control de Recursos Pesqueros, verificará y controlará el cumplimiento de esta normativa. Quienes incumplan esta medida regulatoria serán sancionados conforme estipula la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero.
La Constitución en su artículo 73 dispone que “EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales”.