Guayas. Galo Meza Tovar, alcalde de Balzar, provincia del Guayas, fue destituido de su cargo tras ser declarado culpable de violencia política de género por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). El juez Fernando Muñoz fue quien resolvió aceptar la denuncia presentada por la vicealcaldesa Lidia Matamoros.
¿Por qué fue destituido?
Según el Código de la Democracia, la violencia política de género es una infracción electoral muy grave, de acuerdo con lo tipificado y sancionado en los artículos 279, numeral 14, y 280, numerales 1 y 19. Ese derecho fue constituido recientemente en el 2022.
Por ejemplo, el artículo 10 de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra la Mujer (2018) establece que la violencia política es “aquella violencia cometida por una persona o grupo de personas, directa o indirectamente, en contra de las mujeres que sean candidatas, militantes, electas, designadas o que ejerzan cargos públicos, defensoras de derechos humanos, feministas, lideresas políticas o sociales, o en contra de su familia. Esta violencia se orienta a acortar, suspender, impedir o restringir su accionar o el ejercicio de su cargo, o para inducirla u obligarla a que efectúe en contra de su voluntad una acción o incurra en una omisión en el cumplimiento de sus funciones, incluida la falta de acceso a bienes públicos u otros recursos para el adecuado cumplimiento de sus funciones”.
De acuerdo con el Código de la Democracia, la sanción por violencia política, como es un caso de infracción electoral grave, incluye la destitución del cargo, la suspensión de derechos políticos de participación por dos años y una multa económica de entre 21 y 70 salarios básicos (de USD 8.925 a USD 29.750).
En Ecuador, la Constitución, la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra la Mujer y el Código de la Democracia reconocen y abordan la violencia de género, definiendo conductas que constituyen actos de violencia política, las sanciones correspondientes y los órganos competentes para sancionar dichos actos.
Por ese caso, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), ordenó la destitución del cargo del alcalde de Balzar, Galo Meza Tovar, y el pago de una multa equivalente a 21 salarios básicos unificados, que asciende a 9.660 dólares.
La multa deberá ser pagada en un plazo máximo de seis meses. Si no se cumple con este plazo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) verificará el incumplimiento y podrá iniciar un proceso coactivo para la recaudación del monto.