El uso indebido de la línea única para emergencias causa encolamiento de llamadas, entorpece la atención de incidentes reales, desperdicia logística y tiempo para la asistencia ciudadana, obstaculiza la labor de salvar vidas, no permite que las unidades de las entidades articuladas se movilicen de forma oportuna e imposibilita la total disponibilidad de los recursos de socorro, dificultades que se agudizan más en la crisis sanitaria, y por esas razones el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional resolvió multar económicamente a quienes hayan usado inadecuadamente el 9-1-1 en este período de tiempo.
Durante el estado de excepción, el ECU 911 —mediante sus protocolos operativos y metodológicos— ha identificado 1.497.387 registros de mal uso del servicio. La magnitud de esta irresponsabilidad si se calculara en forma secuencial hubiera significado cerrar los centros ECU 911 durante 50 días.
La primera vez, se sancionará con USD 100; en la segunda ocasión, se cobrarán USD 400 por la reincidencia; la tercera vez, la multa será de USD 100 (segunda infracción); la cuarta vez se cobrarán USD 400 (segunda reincidencia). La máxima sanción equivaldría a USD 1.000 (dos infracciones y dos reincidencias), se establece este sistema porque una sola persona de Quito, desde el número 099517230X, realizó 1.236 llamadas (con un promedio de 20 comunicaciones diarias) de mal uso y el valor que le correspondería con otro mecanismo de multas sería impagable para este ciudadano: USD 309.000.
Esta problemática ha afectado la operatividad del sistema ecuatoriano de emergencias en USD 3.833.310. El costo de una llamada indebida —que dura en promedio 1 minuto con 50 segundos— es de USD 2,56. En esta estimación se consideran aspectos de logística y tecnología que se deprecia, costos productivos y no productivos, devaluación de mobiliario y equipos, servicios básicos y telecomunicaciones que los asume el ECU 911, pero más que el prejuicio económico lo que interesa es que el servicio del 9-1-1 esté 100% disponible para emergencias.
Durante el confinamiento y estado de excepción, este uso indebido afectó a la gente que sí requería ayuda inmediata. La utilización inadecuada es un problema crónico y difícil de solucionar por la falta de solidaridad y ausencia de corresponsabilidad ciudadana. Se tiene proyectada una recaudación de USD 223.188.200 por multas de mal uso del 9-1-1 realizadas desde 790.655 líneas telefónicas. Sin embargo, la finalidad principal no radica en el aspecto económico, sino que este uso inadecuado genera desperdicio de tiempo para las personas que sí necesitan los servicios de emergencia de manera urgente.
Para hacer efectivas las multas se ejecutará un proceso sancionador con cuatro etapas y se realizará a través de una plataforma electrónica
- El ECU 911 verificará el número de llamadas de mal uso de la línea única 9-1-1.
- La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) realizará la recopilación de información de uso indebido del 9-1-1.
- La Arcotel ejecutará la gestión del cobro de las multas con las compañías de telefonía fija o celular
- La Arcotel efectuará el registro electrónico de la infracción en la plataforma de MINTEL.
Es necesario que la ciudadanía comprenda la importancia del buen uso de la línea 9-1-1 porque cada vez que alguien bromea o pide información inadecuada está jugando con la vida de otras personas, atenta contra la integridad de ciudadanos que sí necesitan los servicios de emergencia y, lo más grave, no permite salvar vidas. El 9-1-1 es un servicio de vital importancia para la seguridad y la asistencia oportuna de incidentes y su cuidado es una responsabilidad de toda la sociedad.
ANTECEDENTES NORMATIVOS
- Resolución del COE Nacional, en la que se dispuso al Ministerio de Salud Pública y al Ministerio de Gobierno incorporar en el reglamento respectivo una sanción económica para las personas que de manera indebida utilicen los números de atención de emergencia 9-1-1 y/o 1-7-1 para llamadas que no constituyan una emergencia o cualquier tipo de llamada falsa.
- Acuerdo Ministerial No. 0004-2020, suscrito por el MINTEL que en su Artículo 8 indica que se entenderá como uso indebido de número de atención de emergencia a cualquier comunicación realizada desde línea telefónica, fija o celular, a los números de emergencia 9-1-1 o 1-7-1 para cualquier fin que no sea dar aviso de una emergencia o para un fin distinto que implique o no el desplazamiento, movilización o activación innecesaria de recursos de las instituciones de emergencia o de cualquier recurso público.
- Acuerdo Ministerial No. 016-2020, suscrito por el MINTEL y publicado en el Registro Oficial 233 que, en su Artículo 5, indica el Procedimiento para la implementación del sistema de sanciones por el uso indebido de la línea de emergencias. En este documento también se señala que la ARCOTEL deberá recibir por parte del ECU 911 y del MSP la información de las líneas — fijas y celulares— que hayan hecho uso indebido de las líneas de emergencia. Además, la ARCOTEL deberá gestionar el cobro de las multas con las compañías de telefonía fija o celular que correspondan y posteriormente deberá entregar al MINTEL la información para el registro en la plataforma gobiernoelectronico.gob.ec.